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Abogados para la reclamación de plusvalía

Departamento especializado de abogados expertos en reclamaciones de plusvalías municipales en la Comunidad de Madrid. Cuenta con nosotros para conseguir lo que es tuyo por derecho.

Cuéntenos su caso

Le llamamos hoy

01 Sentencia del Supremo
02 Cómo reclamarla
03 Devolución
04 Plazos para reclamar
01 — Qué hacemos

Todo lo que hacemos en un procedimiento tributario

Lo primero es saber si pagó por autoliquidación o por liquidación del Ayuntamiento: los plazos son muy distintos.

Todo lo que hacemos en un procedimiento tributario
  1. Revisar la operación

    Comparamos el valor de compra y de venta para saber si hubo incremento del valor del terreno.

  2. Comprobar el plazo

    Cuatro años para pedir la rectificación de una autoliquidación; un mes para recurrir una liquidación.

  3. Solicitud o recurso

    Rectificación de la autoliquidación o recurso contra la liquidación ante el Ayuntamiento, en la vía que corresponda.

  4. Tribunal municipal

    En Madrid capital, reclamación ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal.

  5. Vía judicial

    Si la vía administrativa no prospera, recurso ante los juzgados de lo contencioso-administrativo.

  6. Devolución

    Reclamación de lo ingresado indebidamente con sus intereses de demora.

02 — El servicio

¿Pagó la plusvalía municipal sin haber ganado con la venta? Le ayudamos a reclamar su devolución.

Escalera & Tuset · Derecho fiscal · Madrid

Como apuntábamos anteriormente, el requisito básico para reclamar la plusvalía municipal es haber abonado su importe al Ayuntamiento correspondiente.
¿Tiene dudas? Llámenos 911 923 480 Le atendemos el mismo día laborable. Primera consulta gratuita.

«Muy buen trato y excelentes profesionales. Gracias a Pepe Domínguez Tuset quien ha resuelto mis problemas.»

Ritesh
Reseña de Google · Hace 10 meses
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03 — Cómo empezamos

Así empezamos a resolver su caso

Sabrá quién lleva su asunto, qué opciones tiene y qué va a costar. Sin sorpresas.

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  1. Nos llama o nos escribe

    Al 911 923 480 o por el formulario. Le atendemos el mismo día laborable.

  2. Estudiamos el caso

    Revisamos la documentación y le decimos qué opciones reales tiene, con plazos y riesgos.

  3. Presupuesto cerrado

    Le pasamos el coste de las soluciones planteadas antes de empezar. Sin ningún compromiso.

  4. Empezamos

    Un abogado responsable lleva su asunto y le informa en cada hito del procedimiento.

04 — Preguntas

Lo que nos preguntan antes de contratar

Sí. Si el valor del terreno no aumentó entre la compra y la venta, no hay incremento que gravar y puede pedir la devolución.

Si pagó por autoliquidación, dispone de cuatro años para pedir la rectificación; si fue una liquidación del Ayuntamiento, el recurso es de un mes. La sentencia del Tribunal Constitucional de 26 de octubre de 2021 limitó además qué pagos anteriores se pueden revisar. Lo comprobamos en su caso.

Las escrituras de compra y de venta y la liquidación o autoliquidación del impuesto.

En las transmisiones desde el 10 de noviembre de 2021, si acredita que el incremento real del valor del terreno es menor que el calculado por el método objetivo, tributa por ese incremento real. Revisamos qué método le conviene.

Equipo de Escalera & Tuset trabajando en el despacho
05 — Presupuesto

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06 — En detalle

Más información sobre la plusvalía municipal

Sentencia del Tribunal Supremo sobre la plusvalía

El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, más conocido como plusvalía municipal, es un impuesto directo generado en el momento de transferencia de propiedad de un bien inmueble.

Hasta el 11 de mayo de 2017, fecha en la cual el Tribunal Constitucional dictaminó sentencia sobre la plusvalía del Ayuntamiento, la cuantificación del importe de dicho impuesto venía determinada por el valor catastral del inmueble transferido y no por su valor real. Esto implicaba que en bastantes ocasiones los sujetos pasivos del impuesto tuviesen la obligación de abonarlo incluso cuando la transferencia del inmueble se hubiese producido por un valor inferior al valor de adquisición del mismo. Una pérdida económica que parecía totalmente injusta.

Así lo determinó también el Tribunal Constitucional en aquella sentencia de mayo de 2017. Desde entonces, las transferencias efectuadas por valores inferiores a los valores de adquisiciones están exentas del abono de dicho impuesto municipal. Sin embargo, para poder reclamarlo legalmente es necesario haberlo abonando de manera previa. ¿Necesita reclamar la plusvalía municipal ? En Escalera & Tuset ponemos toda nuestra experiencia y todos nuestros conocimientos a su disposición para ayudarle en un proceso complejo.

¿Cómo reclamar la plusvalía municipal?

Como apuntábamos anteriormente, el requisito básico para reclamar la plusvalía municipal es haber abonado su importe al Ayuntamiento correspondiente. Una vez realizado esto, en Escalera & Tuset presentamos por usted una reclamación administrativa ante el Ayuntamiento para demandar la devolución del importa del ingreso más los intereses de demora previstos en el artículo 26 de la Ley General Tributaria. Existen dos opciones ante esto: que el Ayuntamiento se pronuncie favorablemente o que no lo haga.

En este último caso, presentamos un recurso contencioso-administrativo ante los tribunales. Estudiamos si puede obtener la devolución de la plusvalía a la luz de las sentencias del Tribunal Constitucional. Lo único que necesitamos son documentos como el impreso de la liquidación de la plusvalía municipal, la escritura de la adquisición del inmueble, la escritura de transmisión del inmueble y los documentos acreditativos de tasaciones. Serán nuestras herramientas para defender su reclamación.

Una sentencia que requiere celeridad. Los afectados por el pago de la plusvalía disponen de cuatros años desde la liquidación de dicho impuesto para reclamar su devolución. Por eso desde Escalera & Tuset recomendamos actuar cuanto antes. Los plazos administrativos y legales pueden demorarse. Debemos movernos rápido para obtener la devolución que merece. Confíe en los profesionales del despacho de abogados de Escalera & Tuset. Somos expertos en derechos del ciudadano y derechos del consumidor.

Conseguimos la devolución de la plusvalía

En Escalera & Tuset contamos con un área especializada en la protección del ciudadano y del consumidor frente a las acciones efectuadas tanto por la Administración Pública como por las entidades privadas. Trabajamos sobre los profundos conocimientos del derecho fiscal con los que contamos para realizar diagnósticos e implementar las acciones oportunas en el menor tiempo posible y con suma eficacia. Nuestra experiencia en reclamaciones de plusvalía nos avala.

La sentencia del Tribunal Supremo sobre la plusvalía obliga a la administración pública local a devolver las cantidades recaudadas mediante el Impuesto sobre el Incremento de valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Contacte con nosotros y disfrute de una consulta gratuita sin ningún tipo de compromiso. Estudiaremos sus documentos y su caso particular para determinar si tiene derecho o no a la devolución de la plusvalía municipal. Confíe en los profesionales especializados de Escalera & Tuset.

Si necesitas abogados en Madrid que te asesoren, Escalera & Tuset es la respuesta. Si necesitas abogados que puedan defenderte, Escalera & Tuset es la respuesta. Si necesitas información, Escalera & Tuset es la respuesta. Estamos aquí solo para ayudarte de la manera en que tú necesitas. Contáctanos ahora.

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